Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader recorrerá las zonas del Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo afectadas por las fuertes lluvias caídas la tarde y noche de este viernes que causaron inundaciones y daños a viviendas, vehículo y comercios.

El presidente Luis Abinader emitió el decreto 638-22 declarando de emergencia para las compras y contrataciones de bienes y servicios, por 30 días hábiles, para las labores de rescate, construcción y reconstrucción por los daños dejados como consecuencia de los torrenciales aguaceros caídos en el Distrito Nacional y provincia Santo Domingo.

Las entidades deberán gestionar procedimientos de excepción por emergencia nacional a través del Portal Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas.


Estas entidades son:
a) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS).
b) Ministerio de Educación.
c) Instituto Nacional de Estabilización de Precios (INESPRE),
d) Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
e) Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).
f) Ministerio Administrativo de la Presidencia.
g) Servicio Nacional de Salud (SNS).
h) Programa de Medicamentos Esenciales Central de Apoyo Logístico (PROMESE-CAL)
i) Plan de Asistencia Social de la Presidencia.
j) Comedores Económicos del Estado Dominicano.
k) Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial.
l) Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial.
m) Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA)
n) Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI).
ñ) Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD)
o) Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Boca Chica (CORAABO).
p) Empresa de Transmisión Eléctrica (ETED).
q) Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE).
r) Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR).
s) Defensa Civil.
t) Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1.

Instruye a las instituciones a realizar dichos procedimientos a rendir el debido informe a la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y difundirlas en los portales institucionales y el Portal Transaccional dentro de los 15 días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia.